LEY 10-14 DE 2006
En
Colombia existe una ley nacional que busca fomentar la cultura del
emprendimiento. Esta, identificada como la ley 1014 de 2006, pretende promover
el espíritu emprendedor entre los estudiantes y hacer de ellos
personas capacitadas para innovar y generar bienes servicios dirigidos a formar
competencias empresariales.
La Ley
del Emprendimiento se rige por varios principios de formación integral del ser
humano: fortalecimiento de procesos de trabajo asociativo, reconocimiento de
responsabilidades y apoyo a procesos de emprendimiento sostenibles desde lo
social, cultural, ambiental y regional.
OBJETO DE
LA LEY. La presente ley tiene por objeto:
a) Promover
el espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país, en el cual
se propenda y trabaje conjuntamente sobre los principios y valores que
establece la Constitución y los establecidos en la presente ley;
b) Disponer
de un conjunto de principios normativos que sienten las bases para una política
de Estado y un marco jurídico e institucional, que promuevan el emprendimiento
y la creación de empresas.
c) Crear
un marco interinstitucional que permita fomentar y desarrollar la cultura del
emprendimiento y la creación de empresas;
d) Establecer
mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial y el emprendimiento a
través del fortalecimiento de un sistema público y la creación de una red de
instrumentos de fomento productivo;
e) Crear
un vínculo del sistema educativo y sistema productivo nacional mediante la
formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias
ciudadanas y competencias empresariales a través de una cátedra transversal de
emprendimiento; entendiéndose como tal, la acción formativa desarrollada en la
totalidad de los programas de una institución educativa en los niveles de
educación preescolar, educación básica,
f) educación
básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, a fin de
desarrollar la cultura de emprendimiento;
g) Inducir
el establecimiento de mejores condiciones de entorno institucional para la
creación y operación de nuevas empresas;
h) Propender
por el desarrollo productivo de las micro y pequeñas empresas innovadoras,
generando para ellas condiciones de competencia en igualdad de oportunidades,
expandiendo la base productiva y su capacidad emprendedora, para así liberar
las potencialidades creativas de generar trabajo de mejor calidad, de aportar
al sostenimiento de las fuentes productivas y a un desarrollo territorial más
equilibrado y autónomo;
i) Promover
y direccionar el desarrollo económico del país impulsando la actividad
productiva a través de procesos de creación de empresas competentes,
articuladas con las cadenas y clusters productivos reales relevantes para la
región y con un alto nivel de planeación y visión a largo plazo;
j) Fortalecer
los procesos empresariales que contribuyan al desarrollo local, regional y
territorial;
k) Buscar
a través de las redes para el emprendimiento, el acompañamiento y
sostenibilidad de las nuevas empresas en un ambiente seguro, controlado e
innovador.
PRINCIPIOS
GENERALES. Los principios por los cuales se regirá toda actividad de
emprendimiento son los siguientes:
a) Formación
integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad,
autoestima, autonomía, sentido de pertenencia a la comunidad, trabajo en
equipo, solidaridad, asociatividad y desarrollo del gusto por la innovación y
estímulo a la investigación y aprendizaje permanente;
b) Fortalecimiento
de procesos de trabajo asociativo y en equipo en torno a proyectos productivos
con responsabilidad social;
c) Reconocimiento
de la conciencia, el derecho y la responsabilidad del desarrollo de las
personas como individuos y como integrantes de una comunidad;
d) Apoyo
a procesos de emprendimiento sostenibles desde la perspectiva social, cultural,
ambiental y regional.
ARTÍCULO
4o. OBLIGACIONES DEL ESTADO. Son obligaciones del Estado para garantizar la
eficacia y desarrollo de esta ley, las siguientes:
1. Promover
en todas las entidades educativas formales y no formales,
el vínculo
entre el sistema educativo y el sistema productivo para estimular la eficiencia
y la calidad de los servicios de capacitación.
2. Buscar
la asignación de recursos públicos para el apoyo a redes de emprendimiento
debidamente registradas en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
3. Buscar
la asignación de recursos públicos periódicos para el apoyo y sostenibilidad de
las redes de emprendimiento debidamente registradas en el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo.
4. Buscar
acuerdos con las entidades financieras para hacer que los planes de negocios de
los nuevos empresarios sirvan como garantía para el otorgamiento de créditos.
5. Establecer
acuerdos con las entidades financieras para hacer que los planes de negocios de
los nuevos empresarios sirvan como garantía para el otorgamiento de crédito,
con el aval, respaldo y compromiso de seguimiento de cualquiera de los miembros
que conforman la Red Nacional para el Emprendimiento.
6. Generar
condiciones para que en las regiones surjan fondos de inversionistas ángeles,
fondos de capital semilla y fondos de capital de riesgo para el apoyo a las
nuevas empresas
RED
NACIONAL PARA EL EMPRENDIMIENTO. La Red Nacional para el Emprendimiento,
adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus
veces, estará integrada por delegados de las siguientes entidades e
instituciones:
1. ministerio
Turismo quien lo presidirá de comercio, industria y turismo quien lo presidirá
1. ministerio
de educación nacional.
2. ministerio
de la protección social.
3. La
dirección general del servicio nacional de aprendizaje, Sena.
4. Departamento
nacional de planeación.
5. Instituto
colombiano para el desarrollo de la ciencia y la tecnología Francisco José de
caldas Colciencias.
6. Programa
presidencial Colombia joven.
7. Tres
representantes de las instituciones de educación superior designados por sus
correspondientes asociaciones: (ascun) instituciones tecnológicas (aciet) e
instituciones técnicas profesionales (acicapi) o quien haga sus
veces.
8. Asociaciones
colombianas de pequeñas y medianas empresas, acopi.
9. Federación
colombiana de comerciantes fenalco.
10. Un
representante de la banca de desarrollo y microcrédito.
11. representante
de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios, designado por el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo.
12. Un
representante de las Cajas de Compensación Familiar.
13. Un
representante de la caja de compensación familiar.
14. Un
representante de las fundaciones dedicadas al emprendimiento.
15. Un
representante de las incubadoras de empresas del país.
RED
REGIONAL PARA EL EMPRENDIMIENTO. La Red Regional para el Emprendimiento,
adscrita a la Gobernación Departamental, o quien haga sus veces, estará
integrada por delegados de las siguientes entidades e instituciones:
1. Gobernación
Departamental quien lo presidirá.
2. Dirección
Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
3. Cámara
de Comercio de la ciudad capital.
4. Alcaldía
de la ciudad capital y un representante de los alcaldes de los demás municipios
designados entre ellos mismos.
5. Un
representante de las oficinas departamentales de juventud.
6. Un
representante de las Instituciones de Educación Superior de la región designado
por el Centro Regional de Educación Superior, CRES.
7. Un
representante de las Cajas de Compensación familiar del departamento.
8. Un
representante de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios, con presencia en la
región.
9. Un
representante de la Banca de Desarrollo y microcrédito con presencia en la
región.
10. Un
representante de los gremios con presencia en la región.
11. Un
representante de las incubadoras de empresas con presencia en la región.
OBJETO
DE LAS REDES PARA EL EMPRENDIMIENTO. Las redes de emprendimiento se crean con
el objeto de:
a) Establecer
políticas y directrices orientadas al fomento de la cultura para el
emprendimiento;
b) Formular
un plan estratégico nacional para el desarrollo integral de la cultura para el
emprendimiento;
c) Conformar
las mesas de trabajo de acuerdo al artículo 10 de esta ley;
d) Ser
articuladoras de organizaciones que apoyan acciones de emprendimientos
innovadores y generadores de empleo en el país;
e) Desarrollar
acciones conjuntas entre diversas organizaciones que permitan aprovechar
sinergias y potenciar esfuerzos para impulsar emprendimientos empresariales;
f) Las
demás que consideren necesarias para su buen funcionamiento.
Les dejo el siguiente interrogante:
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